2 de noviembre de 2009

CONSEJO DE SEGURIDAD PÚBLICA

El Consejo Comunal de Seguridad Ciudadana es la instancia que sostiene el funcionamiento del Plan Comunal de Seguridad Pública. Es una instancia pluralista y diversa, conformada por representantes de la Municipalidad, de especialistas que trabajan en el territorio y de la comunidad organizada. Es asesorado por el Secretario Técnico, La Mesa Técnica Comunal y es presidido por el Alcalde. En sus principales atribuciones están:
1. Aportar en el proceso de elaboración del Diagnóstico de Seguridad Ciudadana, promoviendo la participación de la mayor parte de los sectores de la comuna e involucrando a los actores e instituciones en el desarrollo de este instrumento para conocer la realidad local.
2. Priorizar los principales problemas de delincuencia y seguridad que se registren en la comuna de acuerdo a los antecedentes arrojados por el proceso de diagnóstico.
3. Contribuir al diseño del Plan Comunal de Seguridad Ciudadana, incorporando los insumos de información recogidos a partir del Diagnóstico y las demandas y propuestas surgidas desde los propios vecinos. Además, los integrantes del Consejo podrán efectuar aportes de recursos necesarios para el desarrollo de Plan.
4. Implementar en conjunto con la comunidad las acciones definidas en el Plan Comunal, a través de las acciones definidas en orden a prevenir los delitos, interrumpir las carreras, disminuir el temor en la población y bajar los niveles de violencia que puedan existir en la comuna.
5. Evaluar y priorizar las iniciativas comunitarias en seguridad ciudadana que podrán acceder al financiamiento de sus propuestas a partir del Fondo Concursable del Programa Comunal de Seguridad Pública. La clasificación de los proyectos obedecerá a los criterios aplicados por el Consejo Comunal en relación a la información aportada por el Diagnóstico Comunal y las opiniones de los vecinos de la comuna.
6. Participar en los procesos de monitoreo y evaluación del Plan de Seguridad Comunal en la comuna.